Metas del módulo y submodulo

Centro de Bachillerato Tecnológico industrial y de servicios No. 13 "Dr.Josè Marìa Cos  y Pèrez"

   

Modulo 5: Determina las remuneraciones al capital humano de la organización

Submodulo 1:Determina la nomina del personal de la organización tomando en cuenta la normatividad laboral

Submodulo 2: Determina las remuneraciones del personal en situaciones extraordinarias

Lupita Sol Flores 6° "A" Administración de Recursos Humanos


Profesor: Arturo Palacios Gomez


Resumen o sintessís de las competencia

s del.modulo v y los submodulos 1 y 2


Las competencias de la materia de especialidad son: determinar las remuneraciones al capital humano de la organización tomando en cuenta la normatividad laboral, lo que queremos alcanzar a saber es que es la remuneración, que es un pago por el trabajo según el subordinado, pero primero se tiene que tener una previsión hacia conde los vamos a orientar, y hacías donde nos vamos.

Las empresas se representan a a través de organigramas que tienen conectores o lineas de comunicación que nos indica como está conformada la empresa, existen varios tipos de organigramas. Para determinar la nómina se calcula el sueldo, las prestaciones de ley, más las patronales y restando las deducciones, se paga dependiendo de el horario que se trabaje: nocturno, diurno o mixto, se paga dependiendo el nivel de gerarquia del puesto los colaboradores, y otro estándar es por el tipo de labor que rwalirea en cada uno de los departamentos, no se le pagará lo mismo a un gerente que a un director. Algunas prestaciones de ley son los bonos que se dan depende a el departamento,bya que no a todos se les puede dar bonos de productividad o puntualidad.

La normatividad laboral es de acuerdo a la ley , no sé puede corromper y las modalidades de horario de trabajo también están cubiertos por la ley.

La segunda parte de la competencia es el submodulo 2 llamado determina las remuneraciones del personal es situaciónes extraordinarias , este debe de comprender que es la remuneración que como su nombre lo dice es el pago de situaciones extraordinarias. Por ejemplo:


  • Horas extras: trabajar horas de más en la jornada laboral dependiendo del horario diurno, nocturno o mixto. Solo se pueden trabajar 3 horas de más por 3 días a la semana, si se exceden las siguientes horas se pagarán a el doble.
  • Trabajo de día de descanso: no trabajar un día de la semana, ya sea domingo o cualquier día de la semana, en el caso de que se llegará a trabajar un día de descanso se le pagará una "jornada dominical" (un día extra fuera del salario).
  • Prima dominical: este es el pago de un 25% de salario diario que se paga por trabajar los días domingos sea o no ti día de descanso.
  • Las incapacidades: estás los pagan las cuotas del seguro social, determinando una cierta cuota cada quincena dependiendo del riesgo del trabajo a realizar.

Una competencia es la utilización de todos tus recursos para realizar una actividad en específico en donde podemos desarrollar el submodulo de determinar la nómina del personal de la organización tomando en cuánta la normatividad laboral, el submodulo 2 es determinar remuneraciónes del personal en situaciones extraordinarias y el módulo que engloba estas dos que es determinar las remuneraciones al capital humano de la organización.

Uno de los puntos del segundo submodulo es situaciónes extraordinarias donde se paga por dar un servicio de más, por hasi decirlo, si un día tenemos descanso el día domingo y nos llaman a trabajar ese mismo día (domingo) se nos va a apagar el día completo por trabajar (jornada dominical), más aparte la prima vacacional que es un 25% del salario diario.

Respecto al punto uno, los bonos se pueden dar dependiendo del trabajo que se desempeñe, como por ejemplo no se puede dar un bono de puntualidad a una persona que trabaje en el departamento de ventas, ya que el puede llegar tarde pero hace socios para invertir en nuestra empresa. 

Diferencia entre sociedad y asociación civil




La diferencia entre sociedades Civiles y Asociaciones Civiles, es que las primeras realizan un fin común lícito preponderantemente económico, y las asociaciones civiles realizan un fin preponderantemente no económico, es decir, un fin común deportivo, religioso, cultural, etc., sin constituir una especulación comercial.

Concepto de la Sociedad Civil
Convenio celebrado entre dos o más socios, mediante el cual aportan recursos, esfuerzos, conocimientos o trabajo, para realizar un fin lícito de carácter preponderantemente económico, sin constituir una especulación mercantil, obligándose mutuamente a darse cuenta.
2 Características de la Sociedad Civil

  • Contrato bilateral o plurilateral.
  • Bilateral cuando intervienen dos socios, plurilateral cuando intervienen más de dos.
  • Contrato oneroso.
  • En virtud de que los socios reciben provechos y gravámenes recíprocos, sin constituir una especulación comercial.
  • Contrato formal.
  • Supuesto que el contrato de sociedad civil deba formularse ante notario público.
Asociación civil
6. concepto
Es un convenio celebrado entre dos o más asociados, mediante el cual aportan algo en común, generalmente recursos, conocimientos, esfuerzo o trabajo, para realizar un fin común lícito preponderantemente no económico, obligándose mutuamente a darse cuenta.
Características
  • Contrato bilateral o plurilateral.
Bilateral cuando intervienen dos socios, plurilateral cuando intervienen más de dos.
  • Contrato oneroso.
En virtud de que los socios reciben provechos y gravámenes recíprocos, sin constituir una especulación comercial.
  • Contrato formal.
Supuesto que el contrato de asociación civil deba formularse ante notario público.

Tipos de organizaciónes no lucrativas


Las asociaciones y las fundaciones son organizaciones constituidas por un grupo de personas físicas o jurídicas, que no tienen ánimo de lucro con el propósito de atender un fin.

Las asociaciones pueden constituirse tanto para lograr fines de interés general como de interés particular, en cambio las fundaciones sólo pueden perseguir fines que apunten al bienestar general.

Debemos dejar claro que las asociaciones son entidades sin fines de lucro, por definición, aunque a veces la normativa existente haga referencia de forma expresa a “asociaciones no lucrativas”. Debemos entender que todas lo son.

  • Asociaciones de Hecho
Son agrupaciones de personas, como peñas, cofradías que no están constituidas formalmente.

  • Mutuas y Mutualidades o Montepíos de Previsión Social
Son agrupaciones de personas constituidas con el fin de proteger sus bienes o propiedades, o crear fondos de previsión.

  • Asociaciones religiosas
Son asociaciones que se rigen por el Derecho Canónico, y que por lo tanto mantienen un régimen especial. Tal sería el caso de asociaciones de familias cristianas, institutos religiosos, alumnos, etc.

  • Asociaciones socioculturales
Son asociaciones que se rigen por la ley 191/1964

  • Corporaciones Sociales de Derecho Público
Un caso representativo son los Colegios Profesionales, que tienen como fin la defensa de los intereses de sus colegiados, velando para evitar el intrusionismo profesional y el correcto ejercicio profesional.

  • Fundaciones
Son entidades con personalidad jurídica propia, dotadas de recursos provenientes de rentas patrimoniales y que sirven a fines de interés público.

  • Entidades de Economía Social
Aquí podríamos agrupar a las cooperativas y a las sociedades anónimas laborales
  • Partidos Políticos
  • Sindicatos
  • Centrales Patronales
  • Clubes deportivos
  • Obra Social de Cajas de Ahorro

Bibliografía:

https://m.monografias.com/trabajos28/sociedad-y-asociacion-civil/sociedad-y-asociacion-civil.shtml#_Asociación_civil
https://www.asociacionproade.org/blog/tipos-de-organizaciones-no-lucrativas/

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